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Alquilé un piso en octubre de 2008 junto a una amiga. Por problemas de convivencia ella se fue en septiembre de 2009. Informamos al dueño de que ella se marchaba, pero no firmamos nada (a ella le daba pereza ir a la agencia a firmar). No sé nada de ella desde junio de 2010, no tenemos ningún tipo de relación y lo último que sé es que se fue a vivir al Caribe.
Mi problema es que ahora yo quiero dejar el piso antes de tiempo. El contrato está a nombre de las dos, y ella no va a estar para firmar ningún tipo de renuncia, ni nada.
Yo puedo demostrar que he pagado el alquiler sola. Desde el primero al último recibo se ha cargado en mi cuenta.
¿Tendré problemas para abandonar el piso?
No entiendo la suposición de manuel jose. El arrendador no puede demandar un incumplimiento de contrato mientras se le esté abonando el pago acordado.
Gracias Manuel José,
Tú respuesta me deja más tranquila. Además, en realidad yo pagué toda la fianza, mi amiga no pagó nada, pero el arrendador quería dos personas en el contrato porque no creía en la solvencia de solo una persona.
gracias de nuevo.
El problema no estriba tanto en tu amiga, sino en que no te vas a la finalización del contrato o prorroga. Deberías irte en octubre, avisando con 30 dias.
Cualquier otra forma deberá ser pactada con el arrendador
Todo esto en el supuesto de que no haya cláusula de desistimiento anticipado y que fuera un contrato de un año prorrogable
Cuando marchó debierais hablar los tres y figurarlo por escrito, arrendataria saliente se marcha en tal fecha, recibe de arrendataria que permanece parte de fianza, paga desperfectos, suministros,...etc si los hubiere y haciendo constar que a partir de esa fecha toda la responsabilidad es al 100% de arrendataria que permanece, firmando el arrendador la conformidad. Si el arrendador no estuviera conforme pudo haber demandado por incumplimiento de contrato pues al marchar la otra hizo una cesion a ti. Es cuestion de opinion del arrendador sobre la solvencia de cada una.
De todas formas tú puedes rescindir el contrato a final de anualidad o prórroga comunicando por burofax con acuse de recibo 30 dias o más antes de finalización ANUALIDAD O PRÓRROGA quedando en revisar el piso el último dia figurando desperfectos,faltas,averias, suministros ( figurar lectura contadores) y firmado por ambos y copia para cada uno. Si uno se niega demanda judicial pues se puede alegar muchos desperfectos además de prorrogarse el contrato por un año más. En caso de alguna disconformidad de alguno así se figura.
saludos,
Hola Oscar,
Gracias por tu respuesta. Y en el caso de que decida quedarme en el piso, pagándolo yo sola y esperarme a que finalicen los cinco años, ¿también tendré problemas porque mi ex-amiga no estará allí para firmar? Puedo hacer algo para alegar que ella no está en el piso, que lo abandonó o algo así, que no vive en España... Yo pagué los dos meses de fianza y me gustaría recuperalos.
Hola,
Los problemas que puedes tener es que el propietario no acepte el incumplimiento de contrato, te haga indemnizarle por abandonar la vivienda antes de tiempo, y por lo que cuentas te tendrás que hacer cargo tu sola.
Además hasta llegando a un acuerdo, la finalización del contrato deberian firmarla las misma partes que el contrato de arrendamiento, y falta tu ex-amiga.
Complicada la cosa,
Suerte
Oscar