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maria_karpin

inquilino/a

MI CASERO NO ME DEVUELVE LA FIANZA

MI CONTRATO CUMPLIÓ UN AÑO EL 15 DE MARZO DE 2015, EL 15 DE ABRIL LE COMUNIQUÉ A MI CASERO QUE EN UN MES DEJABA EL PISO. AHORA NO ME DEVUELVE LA FIANZA PORQUE EN EL CONTRATO QUE FIRMAMOS PONE UN CLAUSULA "DEBERÁ NOTIFICAR CON UN MES DE ANTELACIÓN A LA FINALIZACION DEL CONTRATO O CUALQUIERA DE SUS PRÓROGAS EL ABANDONO DE LA VIVIENDA".  HE CONSULTADO A VARIOS PROFESIONALES, UNOS ME DICEN QUE EL CONTRATO ESTÁ MAL REDACTADO Y VA EN CONTRA DE LA LEY, Y OTROS ME DICEN QUE COMO HAY UNA CLAUSULA ESPECÍFICA, AUNQUE VAYA EN CONTRA DE LA LEY, EL CASERO TIENE DERECHO A QUEDARSE LA FIANZA. OTROS ME DICEN QUE COMO EN EL CONTRATO NO SE HA ADJUNTADO EL CERTIFICADO ENERGÉTICO NI SE HA DEPOSITADO LA FIANZA EN EL IVIMA PUEDO DENUNCIAR Y SOLICITAR LA INVALIDEZ DEL CONTRATO Y ASÍ EL CASERO ME TIENE QUE DEVOLVER LA FIANZA..... NO SE QUE HACER ¿DENUNCIO?

  • Preguntado por: maria_karpin
  • Hace 9 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (6)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Tienes que demandarlo ante el juzgado.
  • maria_karpin

    inquilino/a

    Muchas gracias! Ala Guíen puede indicarme donde denunciar a mi casero? En el juzgado? En el ivima?

  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Tienes toda la razón. Coincido con la respuesta de piscis.
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Pelayo, ya nos dice la consultante que su contrato es del día 16 de Marzo de 2014.
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    de que fecha es el contrato de arrendamiento?
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Esos "profesionales" a los que has consultado, no creo que sean todos abogados especializados en arrendamientos urbanos, ya que alguna respuesta es más propia de uno que se las da de enteradillo.  Como tu contrato es posterior al 6-6-13, y has comunicado el desestimiento del contrato con treinta días de antelación, la fianza te la tienen que devolver siempre que no hayas dejado deudas por suministros ni desperfectos en la vivienda, reconocidos en el documento de resolución del contrato y entrega de llaves.
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