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Hola, resulta que después de 2 contratos de 5 años me renovaron por un año más. Cuando llevaba un mes con este contrato avisé al administrador que dejaba el piso (dándole un mes de plazo), no hubo ningún problema hasta que le pedí la fianza, entonces me dijo que no me la daba y me amenazó con que me podía reclamar indemnización por no cumplir el año entero de contrato. ¿Está en su derecho? Tengo entendido que siendo una renovación después de 10 años de contrato con dar un mes de preaviso es suficiente.
Muchas gracias!
Sobre lo que tú tenías entendido.
En los contratos firmados por una duración superior a 5 años, pasados estos 5 años, el arrendatario puede desisitir simplemente avisando con 2 meses. (Art. 11 de la LAU)
Pero en tu caso nunca tuviste un contrato de más de 5 años, sino dos de 5, aunque el segundo se prorrogó.
Pero nunca firmaste un contrato de por ejemplo 6 años de duración...
Saludos - Papeleos Alquiler
Hola,
lamentablemente he de darle la razón al adimistrador. Usted puede dejar el piso pero solamente en las fechas de vencimiento del contrato. Si lo hace en otra fecha legalmente le pueden exigir el pago de las rentas que falten hasta cumplir el plazo acordado.
Por tanto si le penalizan solo con el mes de fianza es un fantástico trato.
En cuanto al mes de preaviso, efectivamente, si Usted quiere abandonar la vivienda lo ha de hacer en los vencimientos del contrato, y preavisando 1 mes antes del vencimiento.
Espero haber ayudado
Una vez más: los contratos se firman para obligar a ambas partes a cumplir lo pactado.
Por tanto, si usted firmó un documento en el que se pactaba un periodo de un año, eso es a lo que se comprometió. Y tiene razón su casero al decirle que podría demandarle por incumplimiento de contrato, lo que le saldría muchísimo más caro que la simple fianza.