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Mario

inquilino/a

me pueden echar del piso en dos meses?
Llevo un año y 3 meses, todo al corriente de pago y me dice el propietario que quiere su piso porque en el otro piso que vive, está muy cerca de sus padres y quiere más independencia. Me ha dicho que hay una ley nueva y que en dos meses tengo que abandonar la vivienda? Yo estoy a gusto en ella y no querría irme, o al menos en el tiempo que encuentre algo en las mismas condiciones en las que estamos mi pareja y yo. Qué puedo hacer? Gracias
  • Preguntado por: Mario
  • Hace 9 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes,
    Efectivamente, el arrendador puede darle un plazo de 2 meses para abandonar la vivienda, si él la necesita para uso propio, tal y como se regula en la Ley de arrendamientos urbanos (art. 9.3)
    No obstante, para ello, tienen que darse los siguientes requisitos:
    1) La facultad del arrendador es de RENUNCIA A LA PRÓRROGA FORZOSA, por lo que cabría interpretar que únicamente puede utilizar dicha facultad en los "cumpleaños del contrato", siendo de obligado cumplimiento para él las anualidades completas una vez prorrogado el contrato.
    2) Tiene que existir una causa de auténtica necesidad, no la simple conveniencia, como parece en este caso.
    3) El arrendador tiene que ocupar efectivamente la vivienda en el plazo máximo de 3 meses desde el desalojo.

    Ante esta situación, le aconsejo que contacte de inmediato con un abogado.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
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