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hola, en mi contrado de alquiler pone
" El plazo de duración del contrato será de UN AÑO, comenzando su vigencia en el dia fecha de encabezamiento indicada.
Si el plazo de duración pactada es inferior a cinco años el contrato se prorrogará automaticamente llegado su vencimiento hasta qu el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste a la parte arrendadora con una antelación de al menos 30 días a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo."
Y quisiera saber si puedo irme antes de cumplir los 5 años , por ejemplo cuando cumpla 3 años
Si, si puedes, en cada cumpleaños del contrato avisando con treinta dias de antelación.
Tal como transcribe su contrato se peuede marchar sin problemas al vencimiento de cada anualidad preavisando con treinta días.
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