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tambien quiero saber si tengo derecho a la mensualidad que di en deposito .
Si ya has cumplido el 8º año,
Tienes que avisar con un mes de antelación, y podrás abandonarlo bien en el cumpleaños del contrato o en el cumplemes, depende si el contrato es mensual o anual.
Una vez lo abandones deberás firmar el contrato de fin de arrendamiento, y reflejar en el las incidencias, un mes despues, podrás recuperar la fianza, descontando tan solo lo que aparezca en este contrato
1.- Para saber cuando puede preavisar a su acsero hay que conocer exactamente cuanto tiempo lleva en ese piso, y si el alquiler está pactado por años o por meses.
2.- Si cumple el preaviso y el piso se encuentra en condiciones podrá recuperar la fianza.
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