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Cuando en el contrato no aparece ninguna clásula de desistimiento del contrato y el inquilino en este caso yo, no se me ha informado en ningun momento de esta penalización. Ademas creo entender que esta penalización se realiza en los 6 primeros meses de ese primer año en la vivienda.
Hola amelia:
coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/R-e2-gimen-normativo-de-los-contratos.htm
reciba un cordial saludo.
Si lleva casi cinco años está obligada a cumplir exactamente esos cinco años o a convencer al casero para poder marcharse antes, lo de los seis meses se refiere a la reforma de la Ley y no se aplica a su contrato.
Debería leer el DECALOGO DEL INQUILINO
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