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DORIS GEISY VIRGUEZ

inquilino/a

Llevo 7 años viviendo en un apartamento, el dueño me pidio, a qué tengo derecho mientras consigo para donde mudarm

mientras consigo para donde irme puedo tener meses de garantìa, como funciona esto.??

  • Preguntado por: DORIS GEISY VIRGUEZ
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Domus ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Dorys:

    Si, como dice el sr Domus, se trata del alquier de una vivienda ubicada en España le aconsejo la lecura del siguiente enlace:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Domus

    Domus

    casero/a

    Si se trata de un alquiler en España sometido a la Ley española, transcurridos los 5 primeros años sin que ninguna de las dos partes manifieste a la otra su intención de extinguirlo (antes de que cumpla ese quinto año) el contrato queda prorrogado a voluntad del  inquilino hasta otros tres años.

    El propietario solo puede recuperarla antes de que transcurra ese plazo si necesita la vivienda para sí o para un hijo/a.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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