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Mariareyes

inquilino/a

Soy inquilino y queria saber si abandono la vivienda antes de terminar el segundo año, ¿debo pagarlo entero?

Soy inquilino y queria saber si abandono la vivienda antes de terminar el segundo año, ¿debo pagarlo entero? Gracias.

  • Preguntado por: Mariareyes
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
Paolo_x ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Maria:

    Salvo que en su contrato se haya pactado el derecho del arrendatario(usted) de desistir del contrato antes de la finalización de su plazo dde duración o de cualquiera de sus prórrogas, con o sin derecho a indemnización a favor del arrendador, o salvo que usted llegue a un acuerdo indemnizatorio con el arrendador en caso de no constar el citado pacto, la respuesta a la pregunta que figura en el encabezado de su consulta es afirmativa si el arrendador la demanda exigiendo el cumplimiento del contrato.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tambien es conveniente recordar el viejo principio: pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también que en el momento actual la LAU vigente desde 1 de enero de 1995, ha venido a corregir el desequilibrio que existía entre las obligaciones del casero y las del inquilino por lo tanto tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Aunque en el contrato de arrendamiento no aparezca previsto el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Deberas llegar a un acuerdo con el dueño o que te demande y ver lo que dice el juez, pero lo tienes perdido de antemano.

     

    mira de que se conforme con uno o dos meses. Sea lo que sea que acordeis, dejadlo por escrito!

     

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 13 años
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