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junto con dos amigas me metí en un piso de alquiler vía inmobiliaria. dos meses después he decidido irme pq he encontrado algo mejor. el contrato estipula que avisando con un mes de antelación se puede hacer pero mi duda es si la inmobiliaria puede obligarme a cumplir el contrato. lo normal sería añadir un anexo al contrato inicial con los datos del que va a entrar nuevo y del que sale en plan entra tal por tal el día tal. pero es que nunca había estado por inmobiliaria, sólo por particular. lo último que querría sería que se rescindiera el contrato y que mis amigas también tuvieran que buscar algo.
Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado conviene recordar el viejo brocardo, pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
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Si en el contrato se estipula lo del mes, ningún problema. El único problema es que todas las partes firmantes deben estar de acuerdo. Es decir, tú, tus amigas, y la parte arrendadora.
Se podría hacer un nuevo contrato o un anexo con el cambio de titular.