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Saturnina

inquilino/a

Incumplimiento de contrato por causa involuntaria, ¿se puede negociar?

Hola!

Soy inquilino y tengo un contrato de alquiler por un año con una cláusula que estipula que si rescindo el contrato antes del año debo pagar las mensualidades que resten por cumplir y además se pierde la fianza que no se podrá contar como renta que falte por pagar.

El caso es que me ha tocado un piso de proteccion oficial , que no esperaba y debo rescindir el contrato a un mes de terminar, la fianza es de un mes y ademas estoy avisando con dos meses de antelación. Puedo negociar un intercambio de fianza por último mes de renta a cambio de tener en cuenta que rescindo por causa involuntaria?

Es decir , no es por mi propia  decisión , ya que el ayuntamiento establece la fecha máxima en que te guarda el piso que te ha tocado o si no lo pierdes, entonces se podría negociar con el casero?

Gracias por sus respuestas!

  • Preguntado por: Saturnina
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (9)
Domus ha sido el primero en contestar
Domus ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Me alegro q todo haya salido bien. Y felicidades por el vpo. Cuando nos invitas a la fiesta de apertura? Xdd

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • Saturnina

    inquilino/a

    Gracias a todos. Como dice Crazyh, he hecho la 3 y hemos negociado. Al final resulta que todo ha ido mejor de lo esperado, ellos han venido a casa y  han visto el immueble en perfecto estado de todo, y así seguirá hasta que me vaya, me he ofrecido a buscar a alguien y ellos ya tienen una visita que encantada les abro la puerta. Por último la fianza, debo escribir una carta de extinción de contrato , anexando algun documento que diga que me voy a un piso VPO, y ellos lo mandaran al Incasol para ser devuelta. Los gastos de consumo, tambien se arreglaran el ultimo día. No ha hecho falta decir nada del ultimo mes, ya que el contarto hemos acordado finalizarlo el 31 de mayo sin penalización. Muchas gracias a todos por vuestra amable opinión!

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    La fianza no puede quedarsela aunque tenga una clausula en el contrato q diga q si. Esa clausula no es legal pues va contra lo estipulado por la ley.

    La fianza es eso, una fianza, y sirve para que el dueño repare cosas q hayas estropeado, para pagar los gastos de agua y luz pendientes, etc...

    De todas formas es poco tiempo y no se yo si compensa por una mensualidad meterte en lios. Posibles soluciones q yo tomaria:

    1- Aceptar como que el piso de VPO me cuesta una mensualidad mas y seguir feliz y contento por la suerte q he tenido

    2- Necesitar mucho ese dinero y avisar de la finalizacion de contrato via burofax y no pagar el ultimo mes ( a ver qué casero se mete en un juicio a reclamarte un ultimo mes, economicamente no sale a cuenta y asi mismo se lo dira el abogado). Eso si, deja el piso en perfectas condiciones

    3- Hablar con el propietario, invitarlo a casa para q vea el estado del piso y arreglar q ese ultimo mes no pago o pago la mitad en concepto de gastos de agua, luz, comunidad y que quede todo arreglado, explicandole mi necesidad del importe del dinero. Ademas, ofrecerme a enseñar el piso y dar buenas referencias del casero en estos meses

    Eso sí, no rescindes por causa involuntaria, rescindes por cambio de domicilio, y eso no es involuntario. Avisa de forma escrita o de alguna forma q quede constancia ( por ejemplo que te firme por escrito q le has avisado, q te lo firme un testigo neutral  como un vecino, burofax, grabacion de la conversacion y q quede expuesto el dia de la grabacion, etc...) Lo mas normal, burofax

    Felicidades por el piso, por cierto

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • juan carlos perez

    inquilino/a

    A ver, dices q entraste en este piso en julio de 2010, por lo q el fin de contrato es el 30 de junio de 2011.

    Dices q estas avisando de tu marcha con 2 meses de antelacion, suponiendo q hayas avisado este miercoles, te marcharías el 20 junio (solo 10 dias de incumplimiento de contrato). Suponiendo q hayas avisado a principios de este mes sería un mes de incumplimiento, voy a suponer esto ultimo.

    Sobre todo haz el aviso de forma fehaciente como te indica javier.

    Tengo muchas dudas de si esta indemnizacion del contrato no es abusiva, pues es peor q la q fija la jurisprudencia en los peores casos y peor q la anterior legislación ya derogada. Lo digo pq añade la perdida de la fianza y eso me parece q es pasarse de la raya.

    Entonces tenemos q si quieres pagar la indemnizacion entera q marca el contrato, esta sería el mes de junio mas la fianza, total 2 meses. Si negocias para pagar la mitad, un mes, creo q sales perdiendo.

    En el caso en q te vayas el 31 de mayo, el propietario no te devolvera la fianza y no va a ir a juicio para exigirte un misero mes. Por tanto ten en cuenta q un solo mes de indemnizacion es lo maximo q aspira a conseguir la otra parte. Estaria bien q negociaras una indemnizacion menor, pero como devolverte la fianza esta en su mano, parece q poco mas puedes hacer (salvo q logres acordar con ellos algo mejor)

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    espero que tengas suerte con tu casero y llegueis a un acuerdo.

    Si no es así la "mejor solucion" ( antes que un juicio, con gastos para todos) es finalizar tu año de contrato pagando y "disfrutando"(aunque solo sea por no dejar el piso libre y tener que pagarlo) los meses que te quedan.

    Para que el contrato no se prorrogue automáticamente tienes que notificar por escrito y con acuse de recibo tu intencion de no prorrogar el contrato. Si no lo haces así tu casero te puede reclamar que cumplas (pagues )un segundo año de alquiler.

     

  • Saturnina

    inquilino/a

    Gracias a todos por sus útiles respuestas. Sr. Llareda , solicité el piso de protección oficial hace un año  y medio, debería haberme tocado en febrero de 2010, pero quedé en lista de espera, y tuve que buscarme la vida , con lo que fuí a parar a este piso que entré en julio de 2010,y nunca pensé que me tocaría el de protección, con la revisón de la lista de espera y todas las persona que tenía delante, yo no tenía posibilidades de entrar, por lo tanto no contaba con ello, era muy improbable.Aun así en enero de 2011 volví a llamar para saber si la lista se había movido y mi posición seguía sin ser favorable, lo que quiere decir que tiré la toalla definitivamente al pensar que cuando me llegara el turno habrían pasado muchos más meses, yo nunca hubiera rescindido el contrato que tengo actual por otro motivo,y mucho menos por capricho, ya que se trata de una situación donde yo no controlo el tiempo de espera,es una cuestión de sorteo y suerte en la lista de espera , todo depende de la gente que tengas por delante, y esto ha hecho que al final me toque el turno. Además para no perjudicar y evitar incumplir el contrato en lo posible,  he negociado con el ayuntamiento la situación, ya que me daban el piso este mes que viene, y he pedido que me reserven uno y que me den un mes más de tiempo, así todos tenemos tiempo de buscar soluciones. Evidentemente, por un mes que incumplo haré lo necesario por buscar otro inquilino, hacer visitas, a eso ya me ofrecí,  y no pretendo que el casero tenga ninguna perdida por mi culpa, pero pienso que hablando se entiende la gente y se puede ser flexible dado el caso. Así que,como bien aconseja Domus, negociaré y negociaré, y espero que todos salgamos con una solución satisfactoria bajo el brazo.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pero si estamos hablando de que falta solo un mes. ¡cómo va a dar 2 meses de indemnización! Lo mejor es cumplir el contrato,  pagar ese mes y Santas Pascuas.

    Seguro que no le vendrá nada mal - ya que lo paga -  poder tener el piso arrendado un mes mas, y hacer el traslado tranquilamente y si tiene que hacer alguna reformilla o pintar en el piso nuevo poder vivir en otra parte.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    A los tribunales sí les importa y mucho el motivo por el que no se cumple el contrato, pero discrepo con usted en que la causa sea involuntaria, pues dependió de usted solicitar el piso de protección oficial y era una eventualidad previsible y no ajena a su voluntad en términos jurídicos. Sobre todo si la fecha de ocupación de la vivienda de protección no es la fecha de compra sino que seguramente le darán un plazo de seis meses para ocuparla nueva vivienda, por lo que no será justa causa para incumplir el contrato de arrendamiento. De todas maneras negocie porque con una mensualidad o dos a lo mucho el arrendador se tendría que conformar, dado que en el juzgado será improbable obtener más.

    www.asistencialegal.net

  • Domus

    Domus

    casero/a

    Negocar se puede (y se debe) siempre. Aunque jurídicamente es irrelevante la causa por la que el inquilino desista del contrato, siempre moverá más la voluntad del propietario el hecho de que se trate de causa justificada.

    A fin de cuentas también el propietario prefiere un mal arreglo (no recibir todas las mensualidades restantes) que un buen pleito, en el que aunque le diesen la razón, tendría que poner en marcha el complejo y lento mecanismo de la justicia. Los Juzgados suelen limitar esas indemnizaciones a la cantidad equivalente a las mensualidades en las que la vivienda esté sin alquilar tras el desistimiento del inquilino.

    Como lo que le interesa al propietario es no perder rentas, ofrécele todo tipo de facilidades para conseguir un nuevo alquiler (posibilidad de que los interesados puedan visitar la vivienda, colocación de carteles ...).

    Por tanto la solución es negociar, negociar y negociar.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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