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Estoy obligado a pagar dos meses como me dice la casera
Efectivamente comparto la interpretación de Javier, para contratos anteriores a 6/6/2013, hay que recordar quetan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactadoo cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
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Lo que te quiere decir Amparo es que solo te puedes ir en cada cumpleaños del contrato,no el mes que tu quieras
Amparo BB no he entendido mucho su respuesta. Llevo más de un año en el piso del que me voy. El problema es que como hay que avisar con un mes de antelación antes de hacer la entrega de llaves (aunque la casera me dice que son dos meses) y el aviso lo he hecho con fecha 4 de julio, ¿me tienen que cobrar julio y agosto o sólo julio y la parte proporcional de tres días de agosto?
Estás obligado a pagar todos los meses hasta que el contrato cumpla la anualidad completa.
Cualquier cosa inferior a eso, será beneficioso para ti.
Saludos - Papeleos Alquiler.