Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Hay una cláusula que pide un preaviso de dos meses, pero sólo "una vez transcurrida la primera anualidad". ¿Qué pasa dentro del primer año de contrato, que hemos cumplido en su totalidad?
Hola Marina:
En el siguiente enlace encontraá más infromación sobre su consulta:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Si no avisas por escrito con 30 días de antelacion al vencimiento del contrato, se prorroga automáticamente por otro año, así hasta un mínimo de 5 años.
Si ya se pasó el plazo para notificarlo no puedes rescindir el contrato porque ya se ha renovado.
Si te quieres ir y el casero está de acuerdo podeis rescindir el contrato en cualquier momento, pero si el casero noquiere que te vayas te puede reclamar el pago de todo el año o los meses que tarde en volver a alquilar el piso ( lo que antes se cumpla)