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detectables a primera vista. El contrato ya estaba firmado y ella casi se me rió en la cara. Yo hice fotos pero todas tienen la fecha posterior a la firma del contrato, así que no creo que tengan validez si se llega al trámite legal.
Tengo la sospecha de que ahora querrá cargarme todos los desperfectos y es capaz de ir a la demanda judicial (tiene amigos abogados). Puesto que no tendrá mi nueva dirección, me temo que en cualquier momento me embarguen las cuentas y le agradecería que me diera una orientación sobre los embargos:
1) ¿cuál es la cantidad máxima que no permite ir al procedimiento de embargo? (Antes, en pesetas, creo que eran 30 mil.)
2) Si en mi cuenta principal tengo 670 euros y en una que no utilizo se han quedado atascados 30 euros, ¿pueden embargarme las dos cuentas?
3) Si la propietaria presenta la demanda, ¿cuánto tiempo puede pasar hasta que me entere?
Gracias
Inquilino Eterno lamento decirlo pero tiene vd unas grves carencias en materia jurídica, debería leer el decalogo del inquilino:
1) No hay ningún límite maximo para embargar.
2) Vd responde de sus deudas con todos sus bienes presentes y futuros por lo tanto, llegado el momento, le embargarán bienes, cuentas y salarios.
3) Lo qu etrde elJuzgado en notificarle y emplazarle para contestar esa demanda
Tus preguntas, perdona que te diga, no tienen ningun sentido ni la respuesta te vale para nada. Si abandonas una vivienda asesorate antes de hacerlo con un abogado, si te demandan asesorate con un abogado. No ahce falta tener amigos abogados, yo pinto mi casa cada año y no tengo amigos pintores, contrato a uno que me hace un trabajo excelente.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es