Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Antonio

inquilino/a

Fin de contrato de alquiler por desistimiento - Indemnización
Hola,

Tengo un contrato de alquiler por 3 años que finaliza el 30 de junio de 2016. La cuestión es que el mes que viene dejo el trabajo y cambio de ciudad de residencia por lo que quiero finalizar dicho contrato.
En mi contrato tengo la siguiente cláusula:
"Si antes de la terminación del plazo inicial de 3 años el inquilino lo renuncia, deberá abonar indemnización por cantidad equivalente a la renta que corresponda al plazo pactado que quedase por cumplir, es decir hasta el máximo de los 3 años indicados."

En la web de eroski consumer he léido que desde la reforma de ley de junio de 2013 (mi contrato es posterior por unos días) que tengo que notificar con un mínimo de antelación de 30 días y que en caso de existir indemnización, su cuantía viene fijada en la ley: será de un mes de renta por año de contrato que reste por cumplirse, prorrateándose los periodos inferiores al año. (https://www.consumer.es/web/es/vivienda/alquiler/2014/11/21/220940.php)

Viendo, todo esto,si yo quisiera por tanto terminar el contrato el 31 de enero. ¿Cúanto debería pagar como indemnización? Cinco doceavas partes de una mensualidad (cinco meses que quedarían de contrato)

¿Cómo debo notificar la finalización del contrato? ¿Llamada por teléfono, mail, burofax? Todas las gestiones las hago a través de una abogada que tiene el arrendador a través del teléfono o mail. Nunca he visto o hablado directamente al arrendador.

Gracias
  • Preguntado por: Antonio
  • Hace 9 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Antonio:

    Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo.

    reciba un cordial saludo.



        http://letradosalquileres.es.tl
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antonio si efectivamente su contrato es posterior a 6/6/2013, la indemnizacion a pagar seria la parte proporcional de una mensualidad correspondiente a los meses que deje de cumplir, incluso podría discutirse esa indemnizacion por la mala redacción de la cláusula penal que transcribe. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas