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Hola,
salí de un piso de alquiler el mes pasado, y después de que usasen parte de la fianza y depósito para arreglar algunos desperfectos (que me tuve que comer), me dicen que el resto de la fianza + depósito me lo devuelven cuando termine el plazo legal para devolver facturas, que son dos meses. ¿Eso se puede hacer? Ando completamente perdido con este tema.
Muchas gracias.
Gracais por las prontas respuestas.
se tiene que devolver en el acto/30 días, aunque hayan tenido que utilizar parte para arreglar?
gracias.
Pedro,habla de fianza + depósito.
La fianza se deberá devolver efectívamente a los 30 días de firmar la entrega del piso,pero el depósito,se debería haber devuelto en dicho acto,osea,al momento de entrega de la casa
El plazo legal para devolver la fianza es de treinta días.
Al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar, si procede, los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, así como las deudas pendientes por alquileres o consumos, que servirán de base para su descuento de la fianza. De estos datos se extraerá la posibilidad o no de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora.
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