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Hola:
Mi contrato es de 2011 y en una claúsula se indica que si quiero finalizar el alquiler he de avisar con dos meses de antelación.
en la nueva ley se dice que un mes. ¿esto incluye un contrato anterior, o debo preavisar dos meses como indica en mi contrato?
gracias.
Hola David:
Coincido con la respuesta anterior y le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/R-e2-gimen-normativo-de-los-contratos.htm
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl
Lo que tu mencionas como nueva ley, sólo puede aplicarse en contrato celebrados a partir del 6-6-13
Hola:
Sí, el contrato es de cinco años, llevamos dos y pico pero queremos trasladarnos a otro piso de menor precio, es voluntad nuestra. ¿En ese caso hemos de avisar dos meses antes? La propietaria así nos lo dijo un día, ¿pero igual la nueva ley nos permite ahorrarnos un mes e irnos un mes antes, avisando el anterior?
Muchas gracias.
El preaviso lo tienes que realizar con treinta días de antelación al próximo cumpleaños de tu contrato.
Seguramente lo que pone en tu contrato de dos meses, se refiere a si quieres dejar la vivienda, sin esperar al cumpleaños del contrato.