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Ivan

inquilino/a

El arrendador ha dejado de pagar la hipoteca. ¿Tengo el derecho a recibir una indemnización?

En abril hago un año en el piso alquilado donde vivo actualmente. Todo ha ido bien, pagando escrupulosamente el alquiler, hasta que el otro día contactamos con el arrendador y nos ha transmitido que desde hace casi seis meses ha dejado de pagar la hipoteca. El banco está reclamando ese dinero pero el propietario dice que no tiene intención de pagar más. Solo quiere seguir pagando los gastos de comunidad y el seguro (no sé ahora si de la comunidad o de la casa). Quiero saber cuáles son mis derechos y obligaciones en este caso, si tengo riesgo de que el banco me pueda echar de la casa (¿cuánto tiempo transcurre normalmente?) o si tengo el derecho a recibir una indemnización por daños y perjuicios.
Muchísimas gracias

  • Preguntado por: Ivan
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ivan conviene tener en cuenta que no se ha dicho que Iván deje de pagar el alquiler, en realidad el hecho de que su casero pague o no pague su hipoteca en nada afecta al inquilino, hasta que ese impago haga que su casero pierda la propiedad de esa viviena, cosa que, según parece, hasta el momento no ha ocurrido.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Lucasricardo

    profesional

    Yo tengo un amigo que dejo de pagar el alquiler porque el banco se habia adjudicado ya la vivienda y alguien le dijo que no tenia que pagar ya hasta que el banco le reclamase, y su casero le demando por desahucio por impago de rentas y el Juez a pesar de que la casa ya no era del casero sino del banco  condeno a mi amigo por desahucio y al pago de las rentas atrasadas, porque argumentó que una cosa era la propiedad del inmueble y otra la relacion de arrendamiento que seguía vigente mientras no se extinguiera el contrato de alquiler, y se devolviera la vivienda.  
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    De momento usted no tiene que hacer nada.
    Si el piso es adquirido por el banco o por un tercero, ya se pondrán en contacto con usted bien para decirle que pague la renta en otra cuenta, bien para decirle que se tiene que marchar.
    Dando por hecho que el contrato no está inscrito en el registro de la propiedad, lo que dice la ley es 
    ...el arrendatario podrá exigir que se le deje continuar durante tres meses, desde que el adquirente le notifique fehacientemente su propósito, durante los cuales deberá satisfacer la renta y demás cantidades que se devenguen al adquirente. Podrá exigir, además, al vendedor, que le indemnice los daños y perjuicios que se le causen.  

    (como por ejemplo el gasto de la mudanza y el pago de una agencia, si la utiliza, que le busque otro piso)
    Lo que pasa es que TEMO que el vendedor en este caso (su casero) debe estar... tieso no... lo siguiente.
    Igual a alguien se le ocurre cómo poder RECIBIR del casero una compensación antes de que esté tieso del todo del todo...
    Papeleos Alquiler
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