hola, mi compañero de piso y yo tenemos un contrato de alquiler desde 14/06/2017 hasta 14/06/2018. El contrato establece un mínimo de 6 meses, pero nos queda la duda, según está expresado, de si nos podemos ir por ejemplo al séptimo mes o al octavo, o acaso si no nos vamos el sexto mes ya no nos podemos ir hasta el año? Está expresado así: "El periodo mínimo de tiempo del arrendamiento se establece en seis meses, pudiéndose resolver con antelación a la finalización del plazo siempre que lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días" gracicas!
Buenos días, La LAU94 no contempla la posibilidad de desistir del contrato hasta los 6 meses de arrendamiento, una vez cumplido este plazo y previo aviso con al menos 30 días de antelación, podrán desistir en cualquier momento, es decir, en el mes 6, el 7, a los 7 meses y 15 días....siempre y cuando preavisen con el plazo indicado. Un saludo
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