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En el documento de entrega de llaves, la agencia firmó por orden con una rúbrica, por ausencia del casero. ¿Es legal?
Voy a aclarar algo.
"Si el casero no se queja, que es al que le han falsificado la firma, sí."
La única persona que puede "quejarse" ( denunciar en este caso) por la falsificación de la firma y por un perjuicio causado, es al que le han suplantado la firma o le han causado el perjuicio. Si el arrendador no se queja, se entiende como que tenían su consentimiento y aprobación, y que no ha habido delito.
Es más, no hace falta poner "por orden de", pues, por ejemplo, pueden tener ese derecho a firmar en su nombre en los papeles firmados con la inmobiliaria, o tener un poder notarial.
Si esta "falsificación de documento público" causa un perjuicio, quién deberá reclamar es el arrendador al que ha firmado en su nombre sin poder hacerlo, y no afectará para nada a la persona arrendataria.
Gracias por responder, la firma es sólo una rúbrica en el lugar donde pone el arrendador.
Nono, un momento.
en la firma, pone literalmente "por orden" ?
se identifica la persona que firma "por orden"?
lo mas probable es que no sea legal, no estoy de acuerdo con Crazyh.
Si el casero no se queja, que es al que le han falsificado la firma, sí.