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Hola!
Hace un mes alquilé una habitación, porque me cambiaba de ciudad. En realidad menos de un mes, el 22 de Octubre, hice el primer pago el 28 de Octubre. La fianza fué de dos meses.
me ha salido un trabajo y es extremadamente conveniente que me mude mañana mismo. Avisé a la persona que me alquila hace un par de días que dentro de un mes y medio iba a dejar el piso, pero yo no esperaba este trabajo. Me hace pagar un mes mas o me quita un mes de fianza, que viene a ser lo mismo. No he firmado ningún contrato. Puede hacerlo?
gracias
Si no has firmado ningún contrato ya me dirás como vas a reclamar una fianza de la que no tienes ningún comprobante.
Debe recordar el viejo principio: pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también que en el momento actual la LAU vigente desde 1 de enero de 1995, ha venido a corregir el desequilibrio que existía entre las obligaciones del casero y las del inquilino por lo tanto tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Aunque en el contrato de arrendamiento no aparezca previsto el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente
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