Devolución fianza si dejo el alquiler un mes antes de vencimiento contrato
Hola! Voy a dejar el piso en el que estoy alquilado. En Abril hará 3 años que estoy alquilado y el contrato se ha ido prorrogando cada año. Mi duda es que abandono el piso un mes antes de finalizar el contrato (me iría a finales de Febrero) y he dado un preaviso de más de 30 días. Puede mi inquilino quedarse con la fianza por irme un mes antes? Tendría que permanecer en el piso hasta el día1 de Abril dando un preaviso de 30 días? En el contrato pone lo siguiente: "La partes exprean que si la parte arrendataria resolviera unilateralmente el contrato antes de finalizar el plazo iniciado pactado, o antes de cumplirse totalmente cualesquiera de las prorrogas, perderá la fianza prestada, ella en concepto de indemnización por daos y perjuicios." Recuerdo que a la hora de firmar el contrato estuvimos hablando de este punto y nos dijeron que no había problema si abandonaba antes pero ahora me surgen las dudas de si me pondrán pegas. Gracias!
Gracias andrea independientemente de que en el contrato ponga que el alquiler es con un máximo de 5 años con un periodo obligatorio de 1 año verdad? Es decir que no he firmado un contrato de alquiler de 5 años sino un periodo máximo de 5 con un periodo mínimo de 1.
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Usuario dado de baja
Hace 7 años
andrea
casero/a
Rectifico... había leído mal la cláusula penal. Es tal como expones y te correspondería pagar la parte proporcional a un mes de arriendo es decir los 50 euros que expones
Al término del arriendo hay que firmar un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar, si procede, los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, así como las deudas pendientes por alquileres o consumos, que servirán de base para su descuento de la fianza. De estos datos se extraerá la posibilidad o no de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora. Por otra parte la cláusula penal de tu contrato es nula por ir en contra de la ley, por lo que es más que probable que no debas pagar nada en concepto de penalización por finalizar el contrato.
Por cierto he estado revisando de nuevo el contrato conforme a las modificaciones de 2013 (mi contrato es de 2014). Y en mi contrato pone que el contrato podrá renovarse hasta 5 años máximo ahora sino me equivoco son 3 años y me obligaban permanecer un año obligatoriamente cuando ahora son 6 meses. Puedo alegar que se considera un contrato abusivo? Supongo que los contratos hay que redactarlos conformes a la ley vigente.... Por otro lado no entiendo muy bien lo que dice la LAU de la indemnización al arrendador si dejo el piso antes de tiempo: pago de 1 mensualidad por año no cumplido del contrato prorrateandose cuando sea menos de un año. Es decir si a mi me queda un mes para finalizar el tercer año de mi prorroga y mi alquiler son de 600 euros si me guió por la LAU debería pagar una indemnización de 50 euros? (600?/12×1) De ser así quedarse con la fianza por dejar el piso un mes antes me parece abusivo. Espero que me aconsejéis. ! Gracias!
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Usuario dado de baja
Hace 7 años
usuario eliminado
Andrea entonces si me exigen quedarse con la fianza si sigo con mi pensamiento de marcharme el día 1 de marzo puedo negarme a que se queden con la fianza? Tengo que hablar con mi casero y quiero saber que poder decirle exactamente y a que me puedo acoger a la hora de explicárselo. Gracias!
Respondido por:
Usuario dado de baja
Hace 7 años
andrea
casero/a
Es una cláusula que no tiene validez por lo que no debes pagar penalización. Pero para la proxima vez que firmes un contrato, el mejor consejo que podría darte, es que todo aquello en lo que te digan que no habrá problema, quede reflejado en el contrato
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