Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Stobena

inquilino/a

Desistimiento unilateral del inquilino? Aplica el artículo 11 de la lau a contrato de un año prorrogable?

Hola,

Firmé contrato de alquiler por 1 año prorrogable hasta cinco. Se indicó que transcurrido el primer año, yo como arrendatario podria resolverlo en cualquier momento, previo aviso de un mes, no dando derecho a indemnización alguna salvo rentas vencidas. Pero sí que daría derecho a una indemnización de una mensualidad en caso de no preavisar con tiempo suficiente por no dar tiempo a buscar a alguien para ocupar vivienda.

Si le comunico al propietario mi voluntad de irme transcurridos dos años y dos meses, y firmamos documento en el que se indica que el contrato se rescinde en una det. fecha, ¿puede ahora reclamarme indemnización en base al artículo 11 de la LAU como pretende? Tiene derecho a algún tipo de indemnización?

Saludos.

  • Preguntado por: Stobena
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
javiersantander ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Si has avisado con 28 dias en vez de un mes como mucho te puede pedir esos 3 dias... ningun juez le daria la razon, y menos despues de haber firmado la entrega de las llaves

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • Stobena

    inquilino/a

    Y si el preaviso existe por escrito, pero se pactó que se rescindiría el contrato en una fecha en la que se daban 28 días y no 1 mes, ¿sigue teniendo derecho a indemnización? Existe un documento de rescisión de contrato y entrega de llaves, en el que se dice que en esa fecha (28 días despues de preavisar) "las partes contratantes proceden a la rescisión del contrato". Pese a la previsión del contrato, si luego acepta es rescisión, ¿renuncia a la indemnización? ¿influye en algo que diga "rescisión" y no "resolución" (que entiendo sería lo correcto)??

    • Respondido por: Stobena
    • Hace 13 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    si en el contrato se especifica claramente que "el arrendatario podria resolverlo en cualquier momento, previo aviso de un mes, no dando derecho a indemnización alguna salvo rentas vencidas" Se debe respetar y nada se puede reclamar si ha existido ese preaviso (debe ser por escrito faheciente). En caso de no existir el preaviso el casero tiene derecho a lo pactado en el contrato (1 mes de indemnizacion).

     

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Cabe indemnización por incumplimiento del contrato que no tenga una causa de justificación. Ahora bien si ambas partes acuerdan resolver el contrato y no se especifica indemnización se podría considerar que hubo una renuncia a exigirla que luego no se podría cambiar.

    www.asistencialegal.net

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas