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Hola,
Firmé contrato de alquiler por 1 año prorrogable hasta cinco. Se indicó que transcurrido el primer año, yo como arrendatario podria resolverlo en cualquier momento, previo aviso de un mes, no dando derecho a indemnización alguna salvo rentas vencidas. Pero sí que daría derecho a una indemnización de una mensualidad en caso de no preavisar con tiempo suficiente por no dar tiempo a buscar a alguien para ocupar vivienda.
Si le comunico al propietario mi voluntad de irme transcurridos dos años y dos meses, y firmamos documento en el que se indica que el contrato se rescinde en una det. fecha, ¿puede ahora reclamarme indemnización en base al artículo 11 de la LAU como pretende? Tiene derecho a algún tipo de indemnización?
Saludos.
Si has avisado con 28 dias en vez de un mes como mucho te puede pedir esos 3 dias... ningun juez le daria la razon, y menos despues de haber firmado la entrega de las llaves
Y si el preaviso existe por escrito, pero se pactó que se rescindiría el contrato en una fecha en la que se daban 28 días y no 1 mes, ¿sigue teniendo derecho a indemnización? Existe un documento de rescisión de contrato y entrega de llaves, en el que se dice que en esa fecha (28 días despues de preavisar) "las partes contratantes proceden a la rescisión del contrato". Pese a la previsión del contrato, si luego acepta es rescisión, ¿renuncia a la indemnización? ¿influye en algo que diga "rescisión" y no "resolución" (que entiendo sería lo correcto)??
si en el contrato se especifica claramente que "el arrendatario podria resolverlo en cualquier momento, previo aviso de un mes, no dando derecho a indemnización alguna salvo rentas vencidas" Se debe respetar y nada se puede reclamar si ha existido ese preaviso (debe ser por escrito faheciente). En caso de no existir el preaviso el casero tiene derecho a lo pactado en el contrato (1 mes de indemnizacion).
Cabe indemnización por incumplimiento del contrato que no tenga una causa de justificación. Ahora bien si ambas partes acuerdan resolver el contrato y no se especifica indemnización se podría considerar que hubo una renuncia a exigirla que luego no se podría cambiar.