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Sebs

inquilino/a

Desintimiento del contrato
Buenas!
Tengo un pequeña disputa en estos momentos con my arrendatario y es que esto por finalizar mi contrato y exiten dos clausulas que se contradicen en el tiepo para la finalizacion del mismo.  
Clausula segunda cita asi.
SEGUNDA.- Duración del contrato.               La duración del arrendamiento será necesariamente de UN AÑO, a partir del 20 de julio de 2015.               Vencido el plazo contractual, éste podrá prorrogarse, obligatoriamente para la PARTE ARRENDADORA, y potestativamente para la PARTE ARRENDATARIA, por periodos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración total de tres años. Para la eficacia de las prórrogas no se precisará notificación alguna, pero en el caso de que la PARTE ARRENDATARIA desista en su voluntad de continuar con el arrendamiento, deberá comunicárselo a la PARTE ARRENDADORA con dos meses de antelación a la fecha de finalización del contrato o de cualquiera de sus prórrogas.               Transcurridos los tres años de su duración, se considerará a todos los efectos de ambas partes vencido el trámite de duración convencional y sólo podrá prorrogarse la vigencia por pacto expreso.
Pero la clausula decima. cita asi.
DECIMA.- Desistimiento del contrato por parte del arrendatario.     La rescisión del contrato por parte de la PARTE ARRENDATARIA con anterioridad a los seis primeros meses, supondrá la pérdida de la fianza depositada y el resto de los meses pendientes que falten hasta cumplir. Para el caso de desistimiento de este contrato por la PARTE ARRENDATARIA pasado la primera anualidad de obligado cumplimiento, la PARTE ARRENDATARIA podrá desistir del presente contrato, sin perjuicio alguno y esgrimir causa o razón alguna, en cualquier momento, enviando un preaviso por escrito mediante mail, telegrama o burofax a la PARTE ARRENDADORA con al menos UN mes de antelación a la fecha en que dicho desistimiento deba surtir efectos legales.


En este caso que debo dar de notificacion un mes o dos meses?
Realmente he realizado la notificacion de un mes como comenta la clausula decima que es de desintimiento de contrato pero ella quiere un mes extra de pago porque en la segunda clausula casi que entre lineas dice 2 meses. 
Por favor ayuda en el tema.
  • Preguntado por: Sebs
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Sebas diga lo que diga el contrato, prevalece la ley, por lo tanto basta con que preavise con treinta dias de antelacion a su marcha, eso si de modo fehaciente, burofax.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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