Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En el contrato de alquiler no costa una cláusula que obligue a dar un mes pero no se si estoy obligada a darlo por ley aunque esto no conste.
¿Si me voy en la fecha de finalización de contrato tengo derecho a recibir el total de mi fianza, es decir, tengo algún tipo de penalización por no avisar antes?
Debo especificar que tengo un contrato de 5 años, el primero es obligatorio, y los siguientes son prorrogables tácitamente.
Esto es lo que dispone la Ley y rige aunque no lo contenga el contrato:
1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
Es decir, al no haber respetado los treinta días de antelación, el contrato quedará prorrogado llegad la fecha de vencimiento. Deberás por tanto pactar con el propietario una extinción anticipada, pues los contratos obligan a ambas partes por igual y así deben cumplirse, salvo mutuo acuerdo.