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Quiero mudarme para el día 15/12/2013 pero aún no tengo firmado el otro contrato, no quiero avisar a mi casero actual hasta que no lo firme.
Quería saber si, al hacerlo sin avisar un mes antes, pierdo el mes de fianza.
En mi contrato dice:
TERCERA.- El contrato comenzará a regir a partir del día 01/07/2012, concertándose el arrendamiento por el plazo de UN AÑO.
Concluido el período contractual pactado, el contrato se prorrogará por la tácita, por períodos de un año, mientras una de las partes no notifique a la otra, en el plazo de 30 días antes de la fecha de vencimiento del contrato o de alguna de sus eventuales prórrogas, su deseo de darlo por terminado.
En cualquier caso, si el arrendatario quisiera desistir del cumplimiento total del contrato, deberá indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a 1 mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferior a un año, darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
Hola Raquel:
Coincido con las respuestas de mis compañeros.
reciba un cordial saludo.
Coincido con mi compañero Pedro, ese contrato se encuentra en prorroga de un año que debe cumplir el inquilino o indemnizar si decide marcharse antes.
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Es un contrato mal redactado y con clausulas nulas, asi que me temo que vas a tener problemas si tu casero no tiene voluntad de dejarte marchar.
El desistimiento no hace referencia a la notificacion previa aunque podria entenderse que existe el plazo de un mes por lo que en ese caso perderias el mes corriente y las 8/12 partes como indemnizacion porque te quedan 8 meses de contrato.
Pedro Martínez
Abogado