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Penco

inquilino/a

¿Puedo dejar mi alquiler antes de la fecha por problemas vecinales?

 

Llevo desde el 1 de Septiembre de 2010, vivinedo de alquiler sin ningun tipo de problema. En abril de 2011 se vinieron a vivir otros inquilinos al piso de arriba, y desde entonces ya no puedo descansar tres noches seguidas. Les da igual todo, ya sea lunes ,miercoles o domingos.... La lian cada dos por tres, estan dando voces y armando jaleo asta las tres de la mañana, y aveces asta mas tarde.Me e puesto en contacto con mi casera para que tome medidas y nada, con el propietario de los inquilinos de arriba, a venido un monton de veces la policia e incluso a estado una patrulla denominada verde con un aparato que mide los decibelios. me dijeron que la situacion era insostenible y que habia que denunciar... Yo la verdad esque no quiero denunciar porque luego seguramente recibire represalias. Desde mi punto de vista, el problema lo tienen que solucionar los dueños de los pisos, que son los responsables. Pero visto lo visto, todo sigue igual. Hay vecinos que tambien an dado quejas y lo unico que se a conseguido esque le mande una carta la comunidad al dueño del piso y a los inquilinos ruidosos.

Hoy todo sigue igual, y me gustaria abandonar esta vivienda sin perder mi fianza. ES POSIBLE?? Tengo que seguir pagando todos los meses sin disfrutar ni descansar en mi vivineda de alquiler???

 

  • Preguntado por: Penco
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (11)
Paolo_x ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Aparte de lo dicho hay que puntualizar que en ningún caso el inquilino puede rescindir el contrato, eso solo lo puede hacer un Juez tras un largo y costoso pleito, que en su caso y en mi modesta opinión no hay grandes esperanzas de que prospere.

    Por otra parte en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

     

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Carlos 2012

    estos son los motivos por los que el Artículo 27 permite al arrendatario pedir al juez el fin del contrato:

    .

    a) la no realización por el arrendador de las reparaciones a que se refiere el artículo 21.

    b) la perturbación de hecho o de derecho que realice el arrendador en la utilización de la vivienda.

     

    por favor, si menciona usted la lau, díganos en qué artículo dice  que el arrendador deba "velar" por la tranquilidad del inquilino.

  • carlos2012

    inquilino/a

    De acuerdo con la ley de arrendamientos urbanos, una de las causas por las que el inquilino puede rescindir el contrato es que el propietario no vele por la tranquilidad del inquilino, por tanto y puesto que ya hay una medicion de decibelios y el propietario esta informado y no ha actuado, puede perfectamente rescindir el contrato

  • manuel josé

    casero/a

    Para  lograr algo tiene que haberse producido varios informes  de la policía  y contar con  vecinos inquilinos pues sino tiene pocas opciones de prosperar la denuncia del arrendador. El arrendatario alegará  que el arrendador quiere echarles del piso para alquilarlo  por más renta. saludos,
  • usuario eliminado

    Es que quien debe denunciar no eres tú, es el DUEÑO DEL PISO, lo que debés hacer es una exposición civil en la comisaría para dejar un precedente y de esa forma, exigir al propietario que actue de inmediato.

    Si no te hace caso, al que debes denunciar entonces es al propietario, por colaboración necesaria en la ejecución de un delito de abandono de persona y negligencia, sobre esto, puedes exigir una indemnización dineraria por daños y perjuícios al propietario del piso.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Penco:

    Coincido con las respuestas del sr Paolo y la Sra Amparo. En el siguiente enlace encontrará más información:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Paolo_x

    inquilino/a

    Es evidente que ha ido usted a parar a una agencia con una ignorancia importante.

     

    si el contrato es de 1 año, podra irse cada año (no en medio) y si es de 5, a los 5 años.

     

    sino, puede negociar con su casero.

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Me ha dicho la mujer de la inmobiliaria , que por ley una vez pasado el primer año de contrato puede cancelarse cuando uno quiera ... Siempre y cuando se avise con un escrito con un mes de antelacion.

    Eso es incierto, la ley obliga a cumplir el contrato o, en su caso, la prórroga iniciada. Solo sería correcto si se especificó expresamente en el contrato

    Una vez firmado el contrato solo puede rescindirse por acuerdo entre las partes (este caso sería el más factible en caso de que el inquilino se quedara en paro) o por orden del juez..

    Alucino con la profesional inmobiliaria que le ha tocado...  ¡Con la de buenos profesionales que hay en paro hoy en día!

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

  • Penco

    inquilino/a

    Me ha dicho la mujer de la inmobiliaria , que por ley una vez pasado el primer año de contrato puede cancelarse cuando uno quiera ... Siempre y cuando se avise con un escrito con un mes de antelacion.

    En mi opinion es bastante coerente, pues en este caso es de imaginar que la persona afectada no le interese ya esta vivienda.

    Si el problema no fuese este, y fuese que me e quedado sin trabajo y no pudiera hacerme cargo del pago mensual.. tendria tambien que quedarme a la fuerza???

    Creo que si esta todo en perfectas condiciones y se entrega la vivineda intacta, no deverian de poner ninguna pega.

    • Respondido por: Penco
    • Hace 13 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Respecto a si puede, legamente, cancelar el contrato unilateralmente por ello; lo cierto es que dudo que un solo juez lo considerase; pues no es culpa del casero.

     


    Pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 13 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Si no demanda a los inquilinos no se que espera que pueda hacer el casero, la verdad.

     

    aún asi, si la comunidad demanda a los inquilinos, deberia ser suficiente para que su casero les pueda rescindir el contrato.

     

    su casero poco o nada puede hacer.

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 13 años
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