¿Debo devolver la fianza si se van antes de tiempo?
Tengo mi piso alquilado desde Marzo 2009. El contrato se firmo por un año y me dieron como fianza una mensualidad. En el poco tiempo que han estado han pagado siempre tarde y jamás me han hecho una llamada previa con alguna explicación. Este mes me han ingresado la mitad del dinero y al pedirles explicaciones me dicen que el resto lo coja de la fianza ya que se van a ir este mes. Yo les digo que me deben medio mes, ya que al no cumplir el contrato no tengo obligación. ¿Qué me aconsejáis? Había pensado en decirles que se vayan el 31 de Octubre, sin abonar más, ni ellos ni yo. De esta manera con la fianza recuperaría lo que me adeudan. Muchas gracias
Ahora me dicen los inquilinos, que como no les devuelvo la fianza se van a quedar 15 días más, hasta el 15 de Noviembre!!! ¿qué tengo que hacer ante esto? Ajo y agua.....???? Actuar como ellos y cambiar la cerradura....? Llegaré a algo con una demanda? Ahora mismo tengo una sensación de impotencia..... Muchas gracias
Al hacer un contrato por un año el arrendador no puede echarlos hasta el 5º año pero el arrendatario puede marcharse al final del contrato o cualquiera de las prórrogas comunicando por burofax con acuse de recibo con preaviso de 30 dias de antelación a la fecha finalización contrato. Si marchan antes es incumplimiento de contrato. Si los demandas judicialmente normalmente se les condena a pagar el resto de meses hasta finalizar el contrato o prórroga o hasta que el arrendador tenga alquilado el piso. Al haberte pagado sólo la mitad de la renta este mes, puedes demandarles por falta de pago y ellos pueden la 1º vez hacer el depósito de la renta y deudas en el juzgado pero a la 2º vez no se lo aceptan. No te pueden decir que te cobres de la fianza porque la fianza es para, después de firmado el documento de final de contrato, en el cual se hace constar la entrega de llaves, los desperfectos,averías,faltas,... que haya en el piso, firmado por ambos y una copia cada uno. El arrendador tiene desde esa fecha un mes para devolver la fianza si el documento final de contrato está limpio, sino se descuenta de la fianza el importe de estos gastos ( también consumos pendientes) y le da la diferencia, previa presentación de facturas. Saludos,
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