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Carmenzgz

inquilino/a

Dar de bajo suministros (Agua, Luz, Gas)

Hola,

El pasado Noviembre hizo 5 años que vivo en un piso de alquiler, al entrar era nuevo y tuve que dar de alta yo los suministros, agua, luz, gas... Entiendo que cuando lo deje los tengo que dar de baja, puesto que ese dinero lo puse yo, no? 

¿Que trámites hay que seguir para darlos de baja?

Otra duda que tengo es el tema del aviso y la fianza, por contrato tengo que avisar con dos meses, pero lo veo totalmente inviable, porque no voy a avisar sin que haya encontrado otra vivienda y dudo que me la guarden dos meses y es imposible poder pagarlas a la vez. Como tengo la total seguridad que no me van a devolver la fianza, ¿que pasaría si no avisara con esos dos meses de antelación?

 

un saludo, 

 

Gracias

  • Preguntado por: Carmenzgz
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Carmen:

    Si usted puede probar que dio de alta los suministros, en el momento de resolución del contrato podrá bien darlos de baja, bien negociar con su arrendador que le abone los gastos que tuvo del alta y mantenerlos en dicha situación.

    En cuanto al plazo que menciona y la duración de su contrato, le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda-celebrados-entre-el-1_1_1995-y-el-5_6_2013.htm

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • emifer64

    casero/a

    El tema de los suministros podrías hablarlo con el dueño, con una llamada a las compañías por parte del dueño se cambia la titularidad y te ahorras el proceso de baja. Eso si, asegurate que se cambia la titularidad, 

    • Respondido por: emifer64
    • Hace 10 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Si no avisas De forma fehaciente, con un mes minimo, el contrato se renovara otra anualidad y estaras obligada a satisfacer las rentas que se devenguen.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

     

     

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