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Debo el agua y electricidad del mes de noviembre.
Para poder dejar el piso el día 20 de Diciembre, deberías haber preavisado fehacientemente al propietario antes del 20 de Noviembre, ¿lo has hecho?
Si no ha sido así, el contrato se ha prorrogado automáticamente por otro año, por lo que si te marchas antes del 20 de Diciembre del 2010, podrías ser demandado por incumplimiento de contrato. Al margen de poder ser demandado en cualquier momento por impago.
Trata de negociar con el arrendador tu salida de la vivienda, abonando las cantidades pendientes y ofreciendole una indemnización a cambio de que no te demande. De lo contrario, podría salirte muy caro.