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si es cierto que si no desocupa el dia 25 la inmobiliaria puede demandar.
o si dura hasta el dia 30 debe pagar un escedente por esos 5 dias, o si tiene derecho a desocupar durante los dias 25 al 30.
gracias por su atencion,quedo pendiente de una respuesta.
atte:yaqui
Pues la respuesta puede variar dependiendo de lo que ponga en el contrato que evidentemente desconozco, para esos casos es muy util el pacto de una clausula que señale un apenalización por día de retraso en la entrega de la vivienda.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).