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Quiero dejar una habitacion . Que alquile.. No existe contrato con cuántos dias tendria que avisar.. Gracias.
Yo creo José que deberías informar al propietario por lo menos con una semana de antelación mismo que por ley no estés obligado. Sabes porque? Mira, sí un día necesitas referencias para alquilar una nueva habitación o mismo un piso yo creo que seria de gran ayuda contar con el apoyo del propietario anterior, no crees? Por la vida siempre dejamos un rastro de actitudes. Mejor que sean actitudes correctas porque son ellas que nos van a beneficiar en el futuro.
El alquiler de una sola habitación está fuera del ámbito de la Ley de Arrendamientos Urbanos, cuyo artículo 2 dispone que 1. Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.", y es evidente que una sola habitación no satisface la necesidad permanente de vivienda para nadie, sin otros elementos como baño, cocina, estar, etc. Por tanto los plazos no están sujetos a la Ley de Arrendamientos sino al Código Civil, cuyo artículo 1581 dispone que cuando no se hubiese fijado plazo, hay que estar a la temporalidad del pago de la renta, si esta es anual, el plazo es de un año, si se paga por meses, el plazo es de un mes, Como este es el caso habitual, el contrato estaría venciendo cuando cumple cada mes y se puede dar por extinguido sin necesidad de preaviso. No obstante, aunque legalmente no se exija, es recomendable avisar con antelación.