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LLevamos dos años viviendo en un piso en alquiler, la pregunta es, si debemos avisar dos meses antes como dice en el contrato que firmamos por aquél entonces o podríamos avisar con un mes según ley actual de arrendamiento? cuál prevalece sobre cuál? gracias.
Prevalece la ley que había cuando firmaron el contrato.
Y también decía que un mes antes del vencimiento del contrato o de la prórroga... Es decir, 1 mes antes de que vayan a cumplir el segundo año.
Salvo que lo de los dos meses sea una cláusula permitiendo el desistimiento, y entonces les beneficie si desean irse en un momento distinto al cumpleaños del contrato..
Saludos - Papeleos Alquiler.