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Hola, teníamos ocntrato x cinco años. Era un contrato d alquiler con opciñon a compra y no lo quieren comprar, a pesar d mis 3 ofertas. Ahora dejan el piso, pero no sé el tiempo que deben darme antes de irse. Gracias
Edilberto, en los contratos de arrendamiento para uso Distinto de vivienda, se está a lo que se firmara en el contrato.
saludos - Papeleos Alquiler.
un contrato alquiler para oficina, para cesar, que tiempo tengo que avisar a la propiedad, del cese del contrato.
en el contrato se puso dos meses....pero la ley no está por encima y con un mes llega? Gracias
Anabel... Que las personas sean normales, que las relaciones sean cordiales, y que se aprecien deseos de no perjudicar ... es lo mejor que puede pasaros a ambas partes...
Si te están ofreciendo poder enseñar la vivienda, y la han conservado en buen estado...yo aceptaría su desistimiento (sobre todo después de casi 3 años) sin ponerles pegas.
Pero como hacer las cosas bien no cuesta trabajo, sí que confeccionaría un documentito de notificación de la marcha del arrendatario (firmado por tí el recibí) más que nada para la tranquilidad de mi inquilino. Y, por supuesto, a la entrega de llaves, el documento de fin de contrato.
Un saludo - Papeleos Alquiler.
Gracias por la respuesta. Afinando aún más, voy a contextualizar: Han estado de alquiler con opción a compra desde abril de 2008 y durante este tiempo se les ha pasado tres ofertas que no han aceptado. La mujer acaba de aprobar unas oposiciones y está esperando a que le confirmen plaza, aunque todavía desconoce el destino. De ahí a que avisaron a la agencia a principios de año de que "posiblemente" dejarían el piso en breve, dependiendo de la plaza asignada. Pero fue un comentario hacia la agencia, sin ningún tipo de papel.
Por otra parte, son buenos inquilinos: vista mi intención de vendérselo a toda costa, un día que me los encontré me comentaron que si tenía a alguien interesado en comprarlo, que no habría problema en dejarles pasar para que lo vieran, siempe que les avisáramos con un par de días de antelación ¿me vale entonces con un acuerdo verbal?
Un saludo
En principio si no se marchan por un motivo obligado y ajeno a su voluntad (paro, traslado laboral o similar) la marcha antes del plazo pactado supone un incumplimiento contractual y no pueden hacerlo sin indemnizarla a usted. Es decir que si a usted la marcha intempestiva le supone un perjucio puede demandarles por las rentas dejadas de percibir hasta que encuentre otro inquilino, o durante un periodo que el juzgado pueda estimar prudencial (tres meses, quizás).
Si llegan a un acuerdo pueden fijar el plazo que ambas partes estimen oportuno.