Estamos de alquiler en un piso desde octubre de 2015.el contrato es renovable por tres años.el caso es que hemos encontrado un piso que nos interesa.¿Con cuánto tiempo hay que avisar?¿Nos corresponde fianza?
La fianza y la posible indemnización por desistimiento anticipado son cosas diferentes.
Por un lado, con la LAU actual se puede pactar una indemnización máxima de una mensualidad por cada año pendiente de cumplir, o parte proporcional. Pero debe figurar expresamente en el contrato, si no, no se paga nada por este concepto.
Por otro, la devolución de la fianza queda exactamente igual que si se cumpliese el contrato, la propiedad está obligada a su devolución íntegra o justificación documental de las cantidades retenidas.
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