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Buenas tardes. Hace un mes notifiqué mi intención de dejar el piso de VPO que ahora tengo en alquiler con opción a compra. Me respondieron que ya me dirían el día de Septiembre que tengo que entregar las llaves, que de entrada se me quedan la fianza, que me cobrarían el mes de Septiembre entero y después ya me devolverían el importe correspondiente, que tengo que darles la dirección de mi nuevo domicilio, que tienen que hacer varias inspecciones en el piso... Les pedí la normativa en las que se basan y no me la proporcionan. Mi pregunta es: ¿es legal todo esto que hacen, hay una normativa?. En el contrato de alquiler no viene especificado nada de lo descrito.
Muchas gracias
En cuanto a lo primero vd mismo se responde.
En cuanto a lo segundo la falta de precio de compra hace nula esa opción por lo tanto habrá que examinar ese contrato, para determinar cómo queda afectado por esa nulidad
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
No, sólo he estado en el piso 2 años y medio de los 10 años que figuran en el contrato. Pregunté en 2 ocasiones qué pasaría si dejaba el piso antes y la respuesta fue que sólo perdía la opción a compra (se ejecuta a los diez años), con avisar con suficiciente antelación era bastante (llegaron a decir que como en cualquier inmobiliaria). Sé que no tengo cómo probar esto.
Aparte, en el contrato no figura el precio de compra del piso y se niegan a darlo, dicen que "en el momento de ejercitar la opción ya lo veremos" (en el contrato pone que será 2 veces el precio máximo legal por metro cuadrado); ¿es válido en este término el contrato?
Muchas gracias