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Mercè GL

inquilino/a

Si el contrato termina el día 22. ¿He de pagar hasta el 31?

El dia 22 de diciembre resuelvo el contrato del piso actual (me traslado a otro)

y no se si he de pagar todo el mes o sólo hasta dicha fecha. Gracias.

  • Preguntado por: Mercè GL
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (6)
javier diez ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Creo que no has entendido las respuestas.

    La duración del contrato hay que cumplirla. ¿ Tu contrato dice que la duración será de xx día hasta el 22 de diciembre?

    Es que, de no ser así, o de no haber alguna cláusula que te permita desistir del contrato anticipadamente, estarás incumpliendo el contrato, por mucho que hayas enviado un burofax, y no solo pueden exigirte que pagues hasta el 31, sino que pueden no aceptar las llaves y obligar al pago de los meses restantes hasta la finalización.

     

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Mercè GL

    inquilino/a

    Muchas gracias por las respuestas. Y si que he avisado (hoy mismo, mediante burofax) que dejo el piso. 

  • Alberto Oteiza

    casero/a

    Hola, si tu contrato termina el 22 de diciembre, tu tienes que pagar hasta el 22 y hacer las cuentas de los suministros de la casa hasta esa fecha

    siempre y cuando como te han dicho hayas avisado al casero un mes antes

    ya que no haberlo hecho el contrato se te habria renovado un año mas automaticamente

  • Alberto Oteiza

    casero/a

    Hola, si es el dia 22 de diciembre que tu terminas el contrato, pagaras hasta el dia 22 y firmas el fin de contrato y tu le das las llaves del piso

    eso si como te a dicho Javier, siempre y cuando tu hayas avisado un mes antes del fin de contrato de que te ibas

    ya que no hacerlo asi legalmente tu contrato se habria renovado para un año mas

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Todo dependerá de la fecha del contrato.Si usted se quiere ir sin penalización de ningún tipo,deberá avisar de forma fehaciente 30 días antes de dicho cumpleaños

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Todo dependerá de la fecha del contrato.Solo se puede ir sin penalización, en los cumpleaños de la firma,avisado de forma fehaciente 30 días antes

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