Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
No consta nada en contrato.
Hola carmen:
en el siguiente enlace encontrará ampliada la respuesta del sr javiersantander.
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
debes notificar al arrendador por escrito fehaciente (burofax o escrito entregado en mano y firmado el recibi en la copia que tu te quedes) con un mínimo de 30 días de antelacion al vencimiento del contrato.
en el blog de amparo tienes modelos para redactar el aviso: