Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

sonilia

inquilino/a

Tengo un contrato de alquiler que especifica que una vez pasado el año para dejar el piso debo avisar con 3 meses

Tengo un contrato de alquiler que especifica que una vez pasado el año para dejar el piso debo avisar con 3 meses de antelación, pero no dice nada si quiero dejarlo antes.

Estoy obligada a estar un año en el piso entonces?? O puedo dejarlo cuando quiera sin penalización.

Gracias

  • Preguntado por: sonilia
  • Hace 14 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (7)
Muelles ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    La ley Daniel. Esa clausula solo habla del desistimiento entre los cumpleaños del contrato.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
  • Daniel Ruso

    inquilino/a

    Hola, y entonces en este caso si decide dejar la vivienda al segundo año pero avisando en el cumpleaños con 30 dias de antelación como dice la ley, que prevalece la ley o esa clausula de los 3 meses? ¿

     

    gracias

  • NA1981

    inquilino/a

    Muchas gracias por la información

    • Respondido por: NA1981
    • Hace 12 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    por la explicación que pones, deduzco que te liberan de tener que esperar a una anualidad para poder marcharte. Sólo te exigen que cumplas el primer año y que les avises con 3 meses de antelación.

    Yo también lo tengo en mi contrato, pasado el primer año no tengo que esperar a una anualidad para marcharme, sólo he de avisar con 60 días y listo.

    NA1981 es una clausula negociada, si la quieres en tu contrato deberás negociarla con la propiedad, y esta puede  aceptarla o no.

    imprescindible para inquilinos.

  • Consulta Legal Onlin

    profesional

    Buenas tardes,

    En principio tendría que ver el contrato, pero normalmente las vigencias (duraciones) obligatorias de los contratos de arrendamientos son de 1 año.

    Si necesitas un asesoramiento más personalizado, puedes consultar

    www.consultalegal-online.es

  • NA1981

    inquilino/a

    Hola, Sonilia!!

    Esta mensaje no es una respuesta, más bien una pregunta. ¿Cómo está redactada esa cláusula de rescisión "dejar el piso, pasado un año, avisando 3 meses antes)? Es que vamos a firmar un contrato de alquiler en el que esa cláusula no existe y querríamos incluirla. Muchas gracias.

    • Respondido por: NA1981
    • Hace 12 años
  • Muelles

    casero/a

    La cláusula que indica parece una despenalización del desistimiento anticipado si se cumplen ciertos criterios. Sin saber la duración pactada en el contrato, y sólo en base a lo que usted relata, resumiendo:

     

    - El primer año de contrato es de obligado cumplimiento. No podrá desistir del arrendamiento antes de este año sin penalización.

     

    - Una vez cumplido el primer año completo, podrá desistir anticipadamente del arrendamiento sin penalización siempre que preavise fehacientemente al arrendador con al menos tres meses de antelación.

     

    - Si la duración inicial de su contrato es de un año, podrá desistir del arrendamiento al finalizar el primer año, o cualquiera de las prórrogas anuales preavisando al arrendador con al menos un mes de antelación. 

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 14 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas