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En el contrato se establece la obligación del inquilino de avisar al propietario un mes antes de que se vaya, pero ¿qué sucede con la fianza? El propietario de mi piso dice que se quedará con ella a pesar del aviso. ¿Es legal su actitud?
Hola,
La cláusula penal por inclumplimiento del contrato es de dos mensualidades, según el dispuesto en el contrato. Dicha cláusula no es aplicable si se comunica la intención de romper el contrato con un mes de antelación.
Los contratos están para cumplirlos, pero a menudo las circunstancias personales de cada uno cambian y es necesario prever la posibilidad de que ese contrato pueda extinguirse antes de lo previsto. Es una cuestión de buen senso.
Los contratos se firman para CUMPLIRLOS. Lo del aviso con 30 días, se refiere a 30 días previos a su vencimiento o al vencimiento de su prórroga.
Si usted desea incumplirlo, tendrá que llegar a un acuerdo de indemnización a la otra parte, que en el mejor de los casos puede ser la fianza.
¿Qué diría usted si fuese su casero quien deseara que usted se marchara antes de tiempo?
Probablemente, habría venido auí preguntando por sus derechos...
Las cosas son así. Los contratos hay que cumplirlos. No hacerlo, podría llegar a salir bastante más caro que la fianza.
Saludos - Papeleos Alquiler