A mi entender lo que más le interesa a Joaquin el consultante, es que le firmen un recibo de entrega de llaves para considerar extinguido el contrato, a partir de cuyo momento podrá reclamar la devolución de la fianza, con intereses de demora si transcurren 30 días.
Lo de los recibos de suministros no lo entiendo, si los ha pagado él nadie tiene derecho a exigírselos, más bie él tiene derecho a cancelar esos contratos.
Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/