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El piso que alquilo ha sido subastado y por subasta desierta se lo adjudicó el banco,yo aún no he recibido ninguna notificación al respecto, sino que me he enterado por aviso telefónico del abogado de dicho banco. Si bien conozco mi derecho a quedarme hasta fin del 5º años de contrato, quisiera saber en caso de marcharma antes, con qué documentación y/o escrito debo consignar las llaves en el juzgado y como debo hacer para que me firmen la conformidad y la no reclamación futura de ninguna deuda.
Aclaro que el dueño no se encuentra en el pais (eso supongo) porque no ha dado señales de vida desde que le embargaron el piso, la cuenta a la que transfiero el alquiler está embargada pero jamas me han devuelto el valor de la renta. por tanto me veo en situación de consignar las llaves en el juzgado porque el banco tampoco ha tomado posesion ni se ha subrogado al contrato aún. Gracias.
Hola,
en su exposición veo dos temas diferentes:
1.- Cancelación de contrato: sea quien sea su casero (el banco o el propietario original), ambas partes han de respetar el contrato firmado. Es decir, que si ha contratado un determinado número de años de alquiler, ha de cumplirlo para no tener problemas (igualmente la otra parte no le puede "echar" durante ese tiempo).
Lo más adecuado es contactar con el abogado que le llamó para exponerle su caso y amigablemente tomar la mejor decisión.
2.- Por cuanto a consignar unas llaves en el juzgado: redacte su exposición y llévela al juzgado junto con las llaves y el contrato de alquiler.
Espero haber ayudado.