La habitabilidad o inhabitabilidad de una vivienda no la decide "una de las partes". En la mayoría de las ocasiones las opiniones de inquilino y propietario difieren bastante al respecto. El inquilino tiene obligación de permanecer (o pagar) como mínimo seis meses en la vivienda arrendada. Al margen de la indemnización legal si se hubiera recogido en el contrato. Si ya han pasado los seis meses, puedes "arriesgarte " y que se cobre el último de la fianza. Será raro que te demande y más si como dices dejas el piso mejor que estaba. Si no han pasado seis meses, es muy probable que te demande los meses que falten para cumplir seis, porque la ley es muy clara a ese respecto.
Para otra ocasión, revise MUY BIEN el piso en el que se va a meter. Desconfíe de los chollos, y lea el
Decálogo del Inquilino Salludos