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Resulta que el viernes 13/06 hemos firmado un contrato alquiler de vivienda 6 meses. El dia siguiente entremos en el apartamento, pero vemos que las condiciones no nos gusta - antiguo, el suelo roto, la cocina rota, encima el primer dia concidimos con cucaracha enorme. Aunque nos han dicho que no hay ninguna. Entonces no queremos quedarnos en este piso, pero un punto de contrato dice " La fianza solo se devolvera al arrendatario en caso de que cumpla todas las clausulas del contratp y hago mencion de que los arrendatarios dejasen el apartamento objeto de este contrato antes de cumplir el periodo contratado, es decir, seis meses, los arrendatarios perderan la fianza entregada en concepto de danos y perjuicios ocasionados a la propietaria y arrendadora" Con este punto esta dicho claro que perdemos fianza si nos vamos del piso. Entonces nos interesa si existe algun punto en el ley que permita dejar el piso primeros 14 dias? /igual que compras algo en tienda y puedes devolverlo/
Gracias
Hola Klaida:
Coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo.
Klaida creo que le vendría muy bien leer el decálogo del inquilino en el enlace
para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,21eur. /min. Desde fijo; 1,57eur. /min. Desde Móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Klaida: ya entiendo. Bueno, otra vez tengan más cuidado.
de todas formas le diré que en los contratos de alquiler si hay un período de "prueba", lo que ocurre es que es mucho más largo: de 6 meses.
León Jaime Bendayan : esto es el problema, que fuimos a verlo como a las 7 de la tarde y claro por la tarde no hay tanta luz y no vimos que hay TANTOS defectos + cucarachas+agujeros por donde entran + suelo roto y mueble de cocina rota. Ayer empezando a limpiar vimos TODOS defectos.
Me parece muy raro que calquier otro acuerdo/contrato tiene tiempo para cancelarlo, pero alquiler no. Asi casera nos obliga vivir en condiciones q no nos gusta. Claro o perdemos fianza.
Klaida: coincido con lo que le ha dicho Amparo BB, y añado más: dése por muy contenta de que el contrato contiene una indemnización de "sólo" la fianza, porque en cualquier otro caso la indemnización por resolución anticipada sería (en principio) la renta correspondiente a esos 6 meses de renta.
¿No vió esos defectos cuando visitó el piso para alquilarlo?
No.
No en un alquiler no hay 15 días para "devolver" el producto.