Si son tuyos, si.
Si no te los puedes llevar, llama a los servicios de recogida de tu ayuntamiento para que los retiren. o puedes llevarlos a un guardamuebles si te interesa conservarlos. No tienes por qué cargar al arrendador con la obligación de deshacerse de ellos, salvo que acordéis expresamente que los abandonas y pasan a ser de su propiedad.
Un saludo,
www.desalvador.es