A mi humilde entender no, la lau habla del dº a rescisión cuando se incumplen las condiciones de habitabilidad de la vivienda, si es cuestión de agentes externos, el arrendador o el juez te puede decir que haberte informado antes de firmar el contrato.
En estos y otros asuntos relacionados con problemas entre arrendador y arrendatario suelo apelar al entendimento y buena voluntad entre las partes, antes que ser agresivo y plantear la resolución del contrato reúnete con él y con pruebas en la mano (informe de decibelios de la policía, fras de sedantes de la farmacia, etc.) hazle ver la imposibilidad de continuar en el piso, dale un tiempo razonable para que lo pueda volver a alquilar, facilítale las visitas y creo que podrás arreglar el tema.
Estamos a tu disposición,
Api Colegiado Inmodos
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