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Hola, tengo un dilema y a ver si alguien me sabe contestar:
Yo alquilé un piso en abril de 2010 y en el contrato pone que es por 1 año, presumiendose tácitamente renovado de forma sucesiva por idénticos periodos de tiempo, hasta un máximo de 5 años, si el inquilino no manifiesta por escrito y con antelación de 2 meses, su voluntad de irse.
Ahora mi casera dice que tiene que vender su piso por problemas personales. Yo estoy ahora en paro. No se si por ley no me puede echar y si me tuviera que ir no se si me alquilarian un piso al estar en paro. Yo cumplo todos los meses con la mensualidad y puedo seguir haciendolo. Que hago?
La venta de la vivienda no es causa de extinción del contrato sino que el inquilino tiene los siguientes derechos: 1º.- a adquirir la vivienda pagando lo mismo que ofrezca el comprador (derechos de tanteo y retracto). 2º.- Si no ejerce el derecho anterior, el comprador tiene que respetar absolutamente todas las condiciones del contrato hasta que el mismo finalice (5 años, si el inquilino no impide la prórroga preavisando con 30 días de antelación a la finalización de la que esté vigente en el momento de hacerlo, no dos meses, pues aunque así lo establezca el contrato, la Ley prevalece y dispone que sean 30 días.
Así que la propietaria que venda si quiere, el contrato sigue vigente.