Gernaba, el único que puede rescindir el contrato es el
juez. Ninguna de las partes puede hacerlo unilateralmente.
Pon un burofax a la casera (aunque esté de viaje) contando las deficiencias que has encontrado en el piso.
Haz hincapié en las que son urgentes (agua caliente y calefacción) y dile que de no tener noticias suyas en 48 horas, procederás a reparar tú las cosas urgentes y a reclamarle el importe de las reparaciones.
Te ampara este artículo:
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_21 lee especialmente el punto 3.