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Por motivos personales quiero dejar el piso en el mes 14 (avisando con un mes de antelacion), mi contrato es de 1 año y se ha prorrogado a los 12 meses automaticamente ya que ninguna de las dos partes ha dicho nada... En el contrato especifica que si una de los partes desea abandonar la vivienda debe avisar con 1 mes de antelación antes del cumplimiento de la anualidad. Posteriormente habla de la sucesión del contrato tras los 5 años, pero luego hay otra clausula que especifica que:
"Sin perjuicio de lo anterior, el arrendatario puedo abandonar la vivienda avisando con un mes de antelación sin que el arrendador tenga derecho a indemnizacion alguno "
Me podria penalizar si abandono el piso sin cumplir la prorroga.
Gracias por todo !!!!
Es una redacción poco clara "sin perjuicio de lo anterior"; hay que saber que es lo anterior que debe respetar el inquilino para marcharse sin atenerse a otro requisito que un preaviso de un mes.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente incluso por teléfono