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tengo una vivienda en alquiler y la necesito yo para vivir. el contrato es del 2012.
le he avisado por burofax del asunto. me ha pedido cierta cantidad de dinero para marcharse. hay un baremo para estas situaciones?
Adicionalmente a lo que le indica pholmo (que solo podrá recuperar la vivienda si así lo hizo constar expresamente en el contrato), señalar que su derecho es únicamente cada cumpleaños del contrato, y siempre que lo firmaran con una duración anual.
su derecho es a evitar la prorroga forzosa, no a disponer de la vivienda cuando lo crea conveniente.
un saludo,
Para su situación lo único a valorar es si en l contrato se hizo constar la posibilidad de que vd pudieranecesitar esa vivienda en tal caso tiene derecho a dar por terminado el alquiler, si no se hizo constar no tiene ese derecho y por lo tanto el inquilino puede pedir lo que desee por marcharse y Vd. esté dispuesto a pagar.
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